domingo, 26 de septiembre de 2010
UNA ALERTA DEL INVIMA COMPAÑEROS.

 
INVIMA ADVIERTE  SOBRE COMERCIALIZACIÓN
DE CIGARRILLOS ELECTRÓNICOS

   
•  El INVIMA no ha autorizado los cigarrillos electrónicos en    Colombia
•  Los cigarrillos electrónicos no tienen bondades terapéuticas
•  Se desconoce el alcance de los riesgos por  uso del cigarrillo
electrónico
•  No son una alternativa para dejar de fumar. 

 
ANTECEDENTES
1. La Comunidad Europea, a través de un comunicado del 22 de  mayo de 2008, informó que el Cigarrillo electrónico no debe  considerarse bajo los productos derivados del tabaco.

2. La Organización Mundial de la Salud OMS en su comunicado  del 19 de septiembre de 2008, titulado “Los distribuidores de  cigarrillos electrónicos deben dejar de reivindicar efectos terapéuticos no demostrados”, informa que la OMS considera  que el uso del cigarrillo no es  un tratamiento sustitutivo con
nicotina que tenga una eficacia demostrada.
 
3. Así mismo, la OMS reitera en el comunicado del 20 de  septiembre de 2008, que no hay pruebas que demuestren que  los cigarrillos electrónicos  sean seguros y/o ayuden a los  fumadores a dejar el hábito. La  Organización Mundial de la  Salud está contactando a las autoridades sanitarias en sus  193 países miembros para alertarles.  

 4. El Director de la División de Análisis  farmacéutico de la FDA,  Dr  B.J Westenberg, en el artículo publicado el 4 de mayo de  2009, analizó dos marcas de cigarrillos electrónicos  encontrando que las dos tienen nicotina, nitrosaminas y otros  productos como dietilenglicol.

  5. La Agencia Sanitaria de  los Estados unidos en un  comunicado del 22 de julio de 2009, informó que los cigarrillos  electrónicos tienen carcinógenos como las nitrosaminas y  químicos tóxicos como dietilengicol .Y aclara que éstos  productos derivados no son presentados a la FDA para su  aprobación.
 
6. La ANMAT (Autoridad Sanitaria de Argentina) no avala los  cigarrillos electrónicos ni autoriza su importación.

Para el INVIMA el cigarrillo electrónico no es un  medicamento, porque no cumple con las características,
establecidas en el Decreto 677 de 1995, donde se define se   medicamento como  “Es aquél preparado  farmacéutico  obtenido a partir de principios activos, con o sin sustancias  auxiliares, presentado bajo forma farmacéutica que se utiliza  para la prevención, alivio, diagnostico, tratamiento, curación o
rehabilitación de la enfermedad. Los envases, rótulos,  etiquetas y empaques hacen parte  integral del medicamento,  por cuánto éstos garantizan su calidad, estabilidad y uso
adecuado”. Lo anterior fue ratificado por la Sala Especializada  de Medicamentos de la Comisión Revisora en concepto con  radicado N° 09011727 de fecha 25/02/09.
 
Adicionalmente, los cigarrillos electrónicos no cumplen con los requisitos para ser considerados medicamentos, ya que su  eficacia para reducir el  consumo de tabaco no está  demostrada científicamente, por esta razón, no pueden ser  considerados  como una alternativa para dejar de fumar, ni  para aliviar los síntomas de abstinencia de la nicotina.

La utilización de cigarrillos electrónicos podría poner en riesgo  la salud de los usuarios, ya  que estos productos no tienen  Registro Sanitario del INVIMA. 
 

Debido a que el producto es nuevo en el mercado, no se han  realizado los estudios científicos necesarios para determinar  sus implicaciones y efectos en la salud pública,  desconociéndose el alcance  de los riesgos por el uso  prolongado de los cigarrillos electrónicos,  y por  lo tanto, las  concentraciones liberadas de nicotina no pueden ser medidas  fácilmente por el usuario, llevando a una posible intoxicación  severa.

Por lo antes expuesto el INVIMA no recomienda el uso del  cigarrillo electrónico a la comunidad en general.

 
JAIRO CÉSPEDES CAMACHO
Director General

MARTHA CECILIA RODRÍGUEZ    
Subdirectora de Medicamentos y     
 Productos Biológicos                         

CLARA ISABEL RODRÍGUEZ
 Subdirectora de Registros  
            Sanitarios    

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